Contrato conductual

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Acuerdo entre terapeuta y consultante, en el que se especifican las conductas que el consultante acepta emitir, así como las consecuencias que se derivan tanto del cumplimiento como del incumplimiento de lo acordado. Esta herramienta se debe utilizar en aquellos casos en los que se identifique un alto riesgo de heteroagresión y autolesión, y se reconozca a la institución como factor protector. Si se cumplen estas condiciones se debe solicitar autorización y socializar el caso con la Directora de la línea en Defensa de la Vida de manera oportuna