Atención psicológica

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Consiste en brindar mediante el ejercicio de la profesión de la psicología enseñanza, aplicación e indicación del conocimiento psicológico y de sus técnicas específicas en:

  • Diseño, ejecución y dirección de investigación científica, disciplinaria o interdisciplinaria, destinada al desarrollo, generación o aplicación del conocimiento que contribuya a la comprensión y aplicación de su objeto de estudio y a la implementación de su quehacer profesional, desde la perspectiva de las ciencias naturales y sociales
  • Diseño, ejecución, dirección y control de programas de diagnóstico, evaluación e intervención psicológica en las distintas áreas de la Psicología aplicada
  • Evaluación, pronóstico y tratamiento de las disfunciones personales en los diferentes contextos de la vida. Bajo criterios científicos y éticos se valdrán de las interconsultas requeridas o hará las remisiones necesarias, a otros profesionales
  • Dirección y gestión de programas académicos para la formación de psicólogos y otros profesionales afines
  • El desarrollo del ser humano para que sea competente a lo largo del ciclo de vida
  • La fundamentación, diseño y gestión de diferentes formas de rehabilitación de los individuos

Toda actividad profesional que se derive de las anteriores y que tenga relación con el campo de la competencia de la psicóloga

Fuente: Ley 1090/2006